Abecé del nuevo régimen del Sistema General de Regalías

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El pasado 9 de septiembre se aprobó, después de un largo debate tanto en comisiones de Cámara de Representantes y Senado, y posteriormente en plenaria, el nuevo régimen del Sistema General de Regalías, el cual ha sido una de las banderas del presidente Iván Duque, quien en campaña prometió darle nuevamente prioridad a la recepción de las regalías a los municipios y departamentos productores, así como incluir un componente ecológico que destine un porcentaje de estos recursos a combatir la deforestación y el cambio climático.

El mencionado proyecto de ley tuvo más de 400 comentarios en el documento inicial, pues los parlamentarios (incluso los que tienen un discurso en contra del sector minero energético) tienen claro que, para el escenario de reactivación económica poscovid, esta fuente de ingresos será fundamental, en ejes como infraestructura vial, desarrollo social, y generación de empleo.

Sea lo primero, relacionar un pequeño glosario para que los lectores que no estén tan “empapados” del tema, puedan entender con mayor facilidad el abecé.

Regalía: contraprestación económica o en especie que se causa a favor de la nación, por parte de empresas de la industria extractiva (pública o privada), por la explotación de recursos naturales no renovables.

Recurso no renovable: son aquellos recursos producidos por la naturaleza, que por el largo tiempo que le toma conformarse, no puede ser producido o sustituido fácilmente. Existe en cantidades limitadas, lo cual determina la rentabilidad o no de sus yacimientos. (Ejemplo: petróleo, gas, carbón)

Explotación de recursos naturales no renovables: son todas aquellas actividades en las cuales se explota con fines comerciales los minerales o hidrocarburos ubicados mayormente en el subsuelo del territorio colombiano.

OCAD: los Órganos Colegiado de Administración y Decisión- OCAD, son los encargados de definir, aprobar y designar los proyectos de inversión de los recursos provenientes de las regalías en cada región, así como al ejecutor de estos.

Asignaciones Directas: Son los derechos económicos provenientes de las regalías, a los que tienen derecho los territorios donde se desarrollan los proyectos de explotación de estos recursos no renovables. A diferencia de otros fondos del Sistema General de Regalías, esta no es una bolsa concursable, sino el derecho que tienen los territorios productores, a recibir un mayor ingreso de los recursos del SGR, por ser estos departamentos y municipios, los que reciben mayor impacto económico y social en sus territorios

Ahora bien, a continuación, expondré de manera breve y concisa los puntos más relevantes para entender cómo funcionarán las regalías a partir del próximo año. ¿Seguirá la mermelada esparcida por todo el territorio nacional? ¿O habrá más mermelada para un lado de la tostada que para otro?

  • Mayor participación a los municipios productores: como se mencionó anteriormente, una de las banderas del presidente Duque, era devolver la participación prioritaria a los territorios productores, los cuales durante el gobierno Santos habían perdido este privilegio, cuando en 2012 se decidió esparcir de manera equitativa la mermelada a todo el territorio. De acuerdo con el nuevo régimen, los municipios y departamentos productores pasarán de percibir el 11% al 20% del porcentaje de regalías, con un 5% adicional a los municipios donde se explotan minerales o hidrocarburos por concepto de Asignaciones Directas.
  • Más autonomía para el territorio: en los regímenes anteriores uno de los grandes obstáculos para lograr presentar, aprobar y ejecutar un proyecto, era la figura de los OCAD, lo que para muchos era un ente burocrático que solo ponía el palo en la rueda a proyectos presentados y se aprobaban solo los que favorecían intereses de ciertos sectores. Pues en este nuevo régimen, se eliminan los OCAD municipal y departamental, y se permite que los recursos correspondientes a las “Asignaciones Directas”, lleguen directamente a estas administraciones, y que sean ellas las que definan y si es el caso ejecuten los proyectos con causa a las regalías, sin necesidad de aprobación por parte de órganos colegiados.
  • Promoción de las alianzas regionales: se suprimen las anteriores bolsas correspondientes a “Fondo de Compensación Regional” y “Fondo de Desarrollo Regional” y se crea un único fondo llamado Asignación para la Inversión Regional, el cual sí tendrá un OCAD como filtro a la aprobación de proyectos. Los recursos destinados a esta bolsa concursable corresponden al 34% que se dividirá en dos: 60% directamente a los departamentos y 40% para proyectos regionales. Las regiones que establece la ley son:
  • Región Caribe
  • Región Centro-Oriente
  • Región eje Cafetero
  • Región Pacifico
  • Región Centro-Sur
  • Región del Llano

Norte de Santander conforma la región Centro – Oriente, junto a los departamentos de Santander, Boyacá, Cundinamarca, y Bogotá DC. Se podría ver como un beneficio estar en la misma región de la capital del país, en términos de proyectos de carácter regional.A través del artículo anterior, podemos recomendarle los vestidos más recientes.Shop dress en una variedad de longitudes, colores y estilos para cada ocasión. de tus marcas favoritas.

  • ¡A combatir la pobreza!: Al suprimirse los dos fondos mencionados en el inciso anterior, también se crea la Asignación para la Inversión Local, que es una bolsa no concursable, destinada exclusivamente a los departamentos y municipios más pobres del país, con altos índices de necesidades básicas insatisfechas, y que les permitirá no solo recibir el 15% del total de las regalías, sino también recibirlas de manera directa, sin tener que acudir a un órgano colegiado para su aprobación y ejecución, lo cual era una piedra en el zapato para municipios que por su condición de pobreza, carecían de capacidad técnica y profesional para surtir todo el proceso de aprobación de un proyecto.
  • Enfoque diferencial: con el ánimo de ser incluyentes, la ley establece que los municipios productores asignarán el 4,5% de sus asignaciones directas y los departamentos el 2%, para proyectos con enfoque diferencial, de comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, ROM, entre otras.
  • Una apuesta fuerte contra la deforestación: el componente ambiental se encuentra presente en varios fondos de la mentada ley.
  • En primer lugar, se destina “1% para la conservación de las áreas ambientales estratégicas y la lucha nacional contra la deforestación, que se denominará Asignación Ambiental”.
  • Del 10%, mínimo 2 puntos porcentuales se destinarán a investigación o inversión de proyectos de ciencia, tecnología e innovación en asuntos relacionados o con incidencia sobre el ambiente y el desarrollo sostenible
  • 5% para proyectos de inversión de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, recursos que serán canalizados por la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena.
  • De los ingresos generados por mayor recaudo se destinará el 20% para la conservación de las áreas ambientales estratégicas y la lucha nacional contra la deforestación.

Para lo anterior, las Corporaciones Autónomas Regionales, de acuerdo con sus competencias ambientales, podrán participar en etapas de formulación, viabilidad y aprobación y de ser el caso, como entidad ejecutora de los proyectos de carácter ambiental, así como en aquellos destinados a atacar la deforestación. Todo en el marco de los porcentajes expuestos anteriormente.

  • Una mano para la reactivación económica: durante los dos primeros meses de 2021, los departamentos que se “pellizquen” podrán viabilizar, registrar, priorizar y aprobar proyectos de manera directa, en sectores como infraestructura educativa, infraestructura vial secundaria y terciaria, proyectos de reforestación, generación de empleo y reactivación del sector productivo, todo con cargo a los saldos de los precitados fondos de desarrollo regional, y de compensación regional, y que al terminar 2020, aun no estén respaldando otros proyectos aprobados.
  • ¿Y los recursos para la Paz?: a pesar de la polarización que causó el acuerdo de La Habana, al estar incluido en el bloque constitucional, debe respetarse lo acordado y aprobado por acto legislativo en 2017. En ese sentido, a pesar de que los porcentajes y rubros son los expuestos anteriormente, no olvidemos que, por los próximos 20 años, el 7% de las regalías, deben destinarse a la implementación del acuerdo.

En conclusión, el nuevo régimen  favorece principalmente a las territorios productores en cuanto a la percepción de ingresos de las asignaciones directas y a su vez le da mucha más autonomía para aprobar y ejecutar proyectos; esperemos que los municipios y departamentos productores sepan aprovechar esta segunda oportunidad, con lecciones aprendidas de la bonanza petrolera de hace una década, donde percibían gran parte de los recursos de la regalías, pero que muchos de estos municipios con proyectos estratégicos, tienen altos índices de necesidades básicas insatisfechas, mientras elefantes blancos están regados por todos lados.

Por último, a manera de información, hay que tener en cuenta que la agenda legislativa para el proyecto que definirá el presupuesto general de regalías para el bienio 2021-2022, se llevará a cabo durante el mes de octubre y noviembre en el Congreso de la República. Es decir, que en noviembre, cada departamento y municipio sabrá los montos que se asignarán por concepto de regalías; para materializar todo lo expuesto anteriormente, es necesario que el precio internacional del barril de crudo, se recupere un poco, ojalá hasta los 50 dólares mínimo, para que la liquidación de estas regalías no sea tan inferior a lo presupuestado por el gobierno nacional (el Plan Nacional de Desarrollo se elaboró presupuestando el barril de petróleo por encima de 60 dólares), más aun, cuando estos recursos serán fundamentales para el duro golpe económico y social que se vendrá tan pronto sea superado el Covid 19.

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